El Gabinete de ministros de Bolivia ha aprobado el Decreto Supremo 5203, que cambia la unidad de referencia para multas por contravenciones al régimen forestal de dólares a Unidades de Fomento de Vivienda (UFV), con un rango que va desde UFV 190 (Bs 478) hasta UFV 976 (Bs 2.460) por hectárea afectada, según la gravedad de la infracción. 

Este cambio se aplicará a las sanciones sobre predios que incurran en contravenciones forestales, y busca una actualización y adaptación a la economía local, reemplazando la antigua referencia que utilizaba dólares estadounidenses, según el Reglamento General de la Ley Forestal de 1996.

El nuevo reglamento también estipula que las multas se incrementarán progresivamente en un 100% en casos de resistencia o reincidencia, hasta que el infractor cumpla con las obligaciones impuestas. Además, otorga un plazo de diez días hábiles para que la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Bosques y Tierra (ABT) reglamente esta modificación en coordinación con el Ministerio de Medio Ambiente y Agua.

Antes de esta modificación, las multas se calculaban entre $us 0.05 y $us 0.20 por hectárea afectada, lo cual era considerado desactualizado. Ahora, al ser calculadas en UFV, se busca que las sanciones sean más coherentes con la inflación y la realidad económica actual de Bolivia.

La disposición transitoria del decreto establece que los procesos sancionatorios iniciados antes de la publicación del nuevo decreto deberán concluir bajo las normas vigentes al momento de su inicio, garantizando así la seguridad jurídica y la continuidad de los procesos.

Este cambio es parte de un esfuerzo más amplio del gobierno para fortalecer la gestión ambiental y la protección de los recursos forestales, actualizando las sanciones económicas para que reflejen mejor la gravedad de las contravenciones y promuevan el cumplimiento de la normativa forestal.

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